El terremoto de Armenia
y su impacto en el aparato productivo

Por Armando Rodríguez Jaramillo. Ensayo "Quindío: 25 años al borde de la competitividad 1990 – 2014" pag. 21-22 

El final del siglo llega con el terremoto del 25 de enero de 1999 que partió la historia del Quindío en dos. Los gobiernos territoriales del departamento y de los doce municipios se vieron obligados a abandonar sus planes de desarrollo formulados en 1998 para dedicar sus esfuerzos a la atención de la emergencia y la reconstrucción ante la magnitud de una tragedia para la que no estaban preparados y que los mantendría ocupados por el resto de sus mandatos.
Aunque el Fondo de Reconstrucción Económica y Social del Eje Cafetero - FOREC hizo una importante inversión para reparar y reconstruir la infraestructura básica dañada o destruida, en especial la relacionada con edificios institucionales (sedes de gobiernos territoriales, comandos y cuarteles de policía y ejército, cuerpos de bomberos, hospitales y centros de salud, escuelas y colegios, etc.), infraestructuras vitales (vías, aeropuerto, acueductos, alcantarillados, energía eléctrica, etc.) y viviendas, la inversión para recuperar las empresas afectadas no fue significativa.

El modelo de operación del FOREC suplantó en buena parte a la institucionalidad pública y privada local por entidades no gubernamentales foráneas que desconocían la región y carecían de arraigo con ella. Fue una reconstrucción hecha por sectores endosados a una ONG en particular (en Armenia fueron 15) formando territorios insulares a manera de guetos, cuyos habitantes terminaron por identificase con la ONG que les proveía lo básico y reconstruía sus viviendas y no con sus autoridades ni juntas de acción comunal ni líderes barriales. Esto causó fuertes desarraigos y fracturó de forma severa la sociedad.

Ahora bien, el impacto causado por el terremoto sobre el aparato productivo en el Quindío deber ser valorado desde dos puntos de vista diferentes. El primero, por el daño directo en locales, bienes de capital y pérdida de insumos y mercancías que sufrió un número significativo de empresas que interrumpieron total o parcialmente sus actividades mientras eran reconstruidas, procesos que debieron enfrentar los empresarios con muy poco apoyo del FOREC. El segundo, por el severo impacto del sismo en la infraestructura básica de carreteras, vías, aeropuerto y servicios públicos domiciliarios, y por la destrucción generalizada de las áreas urbanas, afectando de forma drástica el normal desempeño de las actividades productivas, como en efecto sucedió con las empresas localizadas en el centro de Armenia que tuvieron que cerrar durante varias semanas ante la clausura decretada por la Alcaldía de la zona comercial y bancaria debido a la destrucción generalizada.

Otra consecuencia del cierre definitivo o temporal de numerosas empresas fue la disminución de la producción de bienes y servicios y el aumento del desempleo, lo que afectó gravemente los ingresos de la población y su poder adquisitivo, reduciendo sensiblemente la capacidad de compra pues no había quién produjera ni quién demandara. El caso particular del turismo, un negocio emergente que estaba en auge, merece un comentario aparte, pues ante el temor colectivo que produce un terremoto, los visitantes dejaron de escoger al Quindío como destino de descanso por cerca de dos años.

En un intento por reactivar la región, y teniendo como antecedentes la Ley 44 de 1987 sobre estímulos tributarios para atraer inversión privada y recuperar la zona afectada por la erupción del nevado del Ruiz en 1995 de Caldas, Tolima y Risaralda y la Ley 218 de 1996 conocida como la Ley del Río Páez con un fin similar de atraer inversión productiva para Cauca y Huila luego de la avalancha del río Páez en 1994, fue sancionada la Ley 608 de 2000 o Ley Quimbaya que declaró exentas del impuesto de renta y complementarios a las actividades que desarrollaran tanto las nuevas empresas que se constituyeran y localizaran físicamente en la zona afectada por el terremoto, entre el 25 de enero de 1999 y el 31 de diciembre del año 2005, así como las empresas preexistentes, siempre y cuando sus ingresos hubiesen disminuido en un 30% o más en 1999.

Empero, esta exención de impuestos no surtió los efectos que sí se vieron en Manizales, Pereira, Dosquebradas e Ibagué cuando la erupción del Ruiz y en Santander de Quilichao con la Ley Páez, y salvo contadas excepciones, fueron pocas las empresas creadas en el Quindío en el marco de la Ley Quimbaya. Esta fue una oportunidad perdida que merece un estudio profundo, pues sería importante evaluar la razón por la cual la Ley no produjo los resultados esperados como instrumento dinamizador de la economía local en los años posteriores al terremoto, cuando se esperaba que impulsara la anhelada industrialización del departamento.
                                   
Lo anterior permite concluir que la reconstrucción, si bien fue relativamente exitosa para rehabilitar la infraestructura básica y las viviendas, poco tuvo para mostrar en la recuperación del tejido social ni contribuyó decididamente a la rehabilitación y restablecimiento de la actividad empresarial.