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| Construcción doble calzada Armenia - Montenegro |
Por: Armando Rodríguez Jaramillo
Los últimos días del gobierno del presidente Petro no son buenos
para el Quindío, así se desprende del Acuerdo 004 del 27 de julio de 2026 del
Consejo Directivo de INVIAS y del borrador de Resolución de este instituto por medio
del cual se aplicará el cobro de la Contribución Nacional de Valorización del
Sector Transporte al Paquete de Obras Eje Cafetero conformado por los Proyectos
de Infraestructura Vial Cruce de la Cordillera Central, Segunda Calzada Calarcá - Armenia - Montenegro - Quimbaya - Alcalá - Cartago y Vías del Samán,
las cuales son esenciales para el desarrollo integral de la región.
Esto me hizo recordar la Ley del Cincuentenario o Ley 1803 del 1
de agosto de 2016 por medio de la cual la Nación se asoció a la conmemoración
de los cincuenta años de vida administrativa del departamento del Quindío autorizando
al Gobierno Nacional para que en cumplimiento de las normas vigentes «asigne en
el Presupuesto General de la Nación, y/o impulse a través del Sistema de
Cofinanciación las partidas presupuestales necesarias a fin de adelantar […] obras
y actividades de interés público y social, promotoras del desarrollo regional, […]
así como efectuar los traslados, créditos, contracréditos y convenios
interadministrativos entre la Nación y el departamento del Quindío para
vincularse al cincuentenario [artículo 3]». Entre los cinco proyectos y obras que
la Nación se comprometió a financiar está la Construcción de las dobles calzadas
Calarcá – Armenia - Montenegro - Quimbaya que ahora pretende financiar INVÍAS
mediante cobro de la Contribución Nacional de Valorización.
Entiendo que el mecanismo de la Contribución Nacional de
Valorización desarrollado por la Ley 1819 de 2016 no es un impuesto ni
representa el cobro del valor de las obras ejecutadas, se trata de un mecanismo
que permite recuperar una parte del beneficio económico que obtienen los predios
favorecidos con la construcción de proyectos de infraestructura vial que
mejoran la accesibilidad, la conectividad, la movilidad y valor de los predios.
Pero esto no está en discusión, lo que sí hay que considerar es que el tramo en
segunda calzada entre Calarcá - Armenia
- Montenegro – Quimbaya hace parte de la Ley del Cincuentenario por lo que ya
tenía un compromiso de financiación por parte de la Nación.
Entonces llama la atención que luego de contratos y prórrogas entre
INVÍAS y FINDETER en los últimos cinco años con los que se han construido parcialmente de algunos tramos entre La María y Armenia y Armenia y el
puente sobre el río Espejo en dirección a Montenegro y Quimbaya, ahora se quiera
financiar lo que falta mediante el cobro de valorización. Entonces: ¿por qué el mismo gobierno pretende sustituir una la Ley de la República por la cual la cual la Nación se
comprometió a financiar obras de desarrollo para el Quindío con un acto administrativo de un instituto
adscrito al Ministerio del Transporte? Yo no tengo formación en derecho, pero
el sentido común me dice que una Ley es una norma de mayor jerarquía que un
acuerdo o una resolución de INVÍAS.
Pero en este asunto también cabe un mea culpa nuestra, pues debemos aceptar que fallamos en gestionar los
compromisos adquiridos por la Nación con la Ley del Cincuentenario. En los
últimos diez años, salvo contadas excepciones, los gobiernos departamentales y las bancadas de congresistas de la región prácticamente no se
apersonaron de tramitar los recursos autorizados en la Ley para financiar obras
de desarrollo. ¿Se imaginan, por ejemplo, que se hubiera nombrado un gerente encargado
de tramitar y hacer seguimiento al cumplimento y ejecución de las obras y
proyectos de marras y que rindiera informes periódicos a los gobiernos locales
y ciudadanía sobre el cumplimiento de lo estipulado en la Ley del
Cincuentenario?
Así que a nuestra dirigencia le cabe su cuota de responsabilidad
con este proyecto y con otros que están en lista de espera en la Ley del
Cincuentenario como son la rectificación, ampliación y pavimentación de las
vías Armenia – Boquía - Salento y Salento – Palestina - La Nubia, la Biblioteca
Pública Departamental y el Embalse Multipropósito del Quindío, proyecto este
último que vuelve a tener importancia justo cuando se pronostica un Fenómeno
del Niño extremo que pone en peligro el abastecimiento de agua para los
acueductos urbanos y rurales del departamento.
Pero regresando al Acuerdo 004 y al borrador de resolución de INVÍAS, en estos documentos no se menciona la Ley 1803 del 1 de agosto de 2016 que determinó que la financiación de estas dobles calzadas estaría a cargo del presupuesto nacional. No solo se han hecho a cuentagotas los tramos inconclusos construidos por INVÍAS, si no que ahora se quiere desconocer el compromiso de la Nación con su financiación pretendiendo trasladar parte de esta responsabilidad a los ciudadanos dueños de predios mediante el cobro de valorización. Esta afrenta a los quindianos no se puede permitir por lo que se deben interponer de forma expedita todos los instrumentos legales disponibles con el fin de hacer respetar lo ordenado por la Ley del Cincuentenario. Así mismo, es necesario entablar conversaciones con el Gobierno de Abelardo de la Espriella para garantizar que los actos administrativos que eventualmente expida INVÍAS sean derogados y que se cumpla lo que manda la citada Ley.
Armando Rodríguez Jaramillo
Correo: arjquindio@gmail.com
/ X: @ArmandoQuindio /
Blog: www.quindiopolis.co

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